Autoriza INBAL al Concejo Municipal de Pachuca a iniciar trabajos de restauración del Reloj

El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL) emitió su autorización para que el Concejo Municipal Interino de Pachuca de inicio a los trabajos denominados pruebas de limpieza del basamento de la torre del Reloj Monumental y así identificar el procedimiento adecuado para iniciar la limpieza en su totalidad eliminado las pintas existentes derivadas de los acontecimientos sucedidos en la manifestación ciudadana del pasado 28 de septiembre.

La Torre Monumental es decretado Monumento Artístico el 30 de noviembre de 2012 y publicado en el Diario Oficial de la Federación. La obra, así, queda protegida por la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas, quedando como responsable el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.

En respuesta a una solicitud del Concejo Municipal el INBAL y al seguimiento del Instituto Municipal de Investigación y Planeación (IMIP), la Dirección de Arquitectura y Conservación del Patrimonio Artístico Inmueble Federal, dio el visto bueno a los documentos enviados para su valoración, con el objetivo de emprender pruebas y acciones de conservación y mantenimiento en el monumento artístico.

Esto, luego de trabajo en colaboración con el INBAL, el Concejo Municipal Interino de Pachuca y el IMIP, donde se reviso la información gráfica y documental solicitada la cual fue realizada y envida por el Instituto Municipal de Investigación y Planeación. Sumado a ello se efectuó una revisión en físico del personal de las instituciones Federales.

Tanto el responsable de esa dirección, arquitecto José Antonio Loyola Vera, como el Centro Nacional de Conservación y Registro del Patrimonio Artístico Mueble del INBAL manifestaron su “mejor disposición para dar un seguimiento puntual a dichos trabajos”.

En su oficio 1270-C/1069 deja claro que durante el proceso de obras se deberán tomar las medidas necesarias de protección para garantizar la integridad física de cualquiera de los elementos arquitectónicos y estructurales del monumento artístico “asumiendo cualquier responsabilidad de posible afectación o riesgo, así como las medidas de seguridad y protección civil que ello implique”.

“Ello –finaliza el documento–,, independientemente de los lineamientos aplicables de la normatividad establecida por las autoridades locales, estatales y federales y otros relativos”.