Por unanimidad, el pleno del Congreso del Estado aprobó el acuerdo económico promovido por diputados de Morena, por el que se exhorta a los 84 Concejos Municipales Interinos para que se conduzcan con vocación de servicio, ética, honestidad, responsabilidad y se abstengan de realizar acciones, principalmente en materia de delitos electorales, violencia de género y realicen un manejo pulcro y eficiente de los recursos públicos, para evitar alguna sanción ante las autoridades correspondientes.
La diputada de Morena Margarita Evelyn Leonel Cruz fundamentó en tribuna el resolutivo emitido por la Comisión Permanente de Gobernación, derivado de los planteamientos de acuerdo económico promovidos por los legisladores morenistas Jorge Mayorga Olvera, Salvador Sosa Arroyo y la misma Leonel Cruz.
Indicó que de todos es sabido que con la postergación del proceso electoral, se vieron afectadas las actividades ordinarias de diversas Dependencias e Instituciones de la Entidad, relacionadas con la realización de los comicios para renovar los 84 Ayuntamientos del Estado.
Dijo que uno de los aspectos fundamentales del proceso electoral que han sido afectados por el nuevo calendario, ha sido la promoción y difusión para la prevención de los delitos electorales, al interior de los gobiernos municipales.
Lo que sí es innegable –añadió- es que algunos concejales municipales al ser autoridades transitorias de recién ingreso, carecen de experiencia, lo que conllevaría a cometer algún hecho ilícito, y catalogarse dentro de los delitos electorales, toda vez que es difícil tener un cargo de funcionario público y también querer desempeñar funciones de carácter electoral.
En este tenor, indicó, es que los concejales municipales interinos, como servidores públicos deben desempeñarse en su empleo, cargo o comisión, con disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público y actuar conforme a los que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas les atribuyen a su empleo, cargo o comisión.
Manifestó que es preciso establecer que la Ley General en Materia de Delitos Electorales refiere en su artículo 11 que, se impondrán de 200 a 400 días de multa y prisión de dos a nueve años al servidor que, entre otras cosas, coacciones o amenace a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición.
Asimismo, dijo, que condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras pública, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición.
La diputada expuso el listado de delitos electorales en que pueden incurrir los concejales municipales interinos, así como el de las responsabilidades que tienen, con base en lo dispuesto en la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, por lo que solicitó a sus compañeros legisladores su voto a favor del acuerdo económico antes referido.